Auto22 de marzo de 2006
A- de 2006
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Rodrigo Medina Rodriguez Vs. Telecom
✓
Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Primero De Familia De Bogota Y El Juzgado Segundo Del Circuito De Familia De Monteria. Ordena Al Juzgado Segundo Del Circuito De Familia De Monteria Asumir El Conocimiento De La Accion De Tutela
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Telecom En Liquidacion
- Competencia de juez promiscuo de familia
Competencia A Prevención En Tutela
- Prelación a juez del domicilio del accionante
- Lugar donde ocurrió amenaza o vulneración de derechos fundamentales o donde se produjeron sus efectos
Conflicto De Competencia En Tutela
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
- Protección en conflicto de competencia
Corte Constitucional
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Ordenar al Juzgado
- Segundo. del Circuito de Familia de Monteria, asumir en forma inmediata el conocimiento de la accion de tutela promovida por el ciudadano Rodrigo Medina Rodriguez en representacion de sus menores hijos Jeysson Rodrigo y Nayibe Medina Jimenez contra la Empresa Nacional de Telecomunicaciones -TELECOM- en liquidacion.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo RenteríaTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-063/01Debido Proceso. Prohibicion De La Reformatio In Pejus. Jueces De Tutela. Competencia A Prevencion Por Razon Del Factor Territorial. Via De Hecho. Concedida.T-883/00Debido Proceso. Derecho Al Minimo Vital Y Defensa. Motivacion Del Acto Adtivo Que Dispone La Desvinculacion De Funcionarios En Interinidad. Concedida Parcialmente.T-731/98Der. A La Vida Y A La Integridad Personal. Transporte Publico En Forma Continua Adecuada Y Segura. Omision De Min-Transporte. Concedida.
Citada por2
A. 117/07Conflicto Negativo De Competencia Entre, William Giraldo Giraldo, Magistrado De La Seccion Primera Subseccion A Del Tribunal Administrativo De Cundinamarca Y Carlos Alejo Barrera Arias, Magistrado De La Sala De Familia Del Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Bogota, Para Resolver La Impugnacion Contra La Decision Del Juzgado 23 Civil Del Circuito De Bogota. Funciones De La Corte Constitucional En Materia De Conflictos De Competencia. Corresponde A La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura Resolver El Conflicto Negativo De Competencia Suscitado. Los Conflictos De Competencia Que Se Originen Entorno Al Habeas Corpus, Se Deben Resolver Por La Via Ordinaria, Teniendo En Cuenta El Superior Funcional De Las Entidades Judiciales Que Entraron En Colision. En Caso De No Contarse Con Superior Comun La Competencia Para Dirimir La Misma Se Encuentra En Cabeza De La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura. Remítase El Expediente A La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La JudicaturaA. 116/07Conflicto Negativo De Competencia Entre, Carmen Amparo Ponce Delgado, Magistrada De La Sección Tercera Subsección A Del Tribunal Administrativo De Cundinamarca, Susana Buitrago Valencia, Magistrada De La Seccion Primera Subseccion A Del Tribunal Administrativo De Cundinamarca Y Maria Del Rosario Gonzalez Lemos, Magistrada De La Sala Penal Del Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Bogota, Para Resolver La Impugnacion Contra La Decisión Del Juzgado 21 De Familia De Bogota. Funciones De La Corte Constitucional En Materia De Conflictos De Competencia. Corresponde A La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura Resolver El Conflicto Negativo De Competencia Suscitado. Los Conflictos De Competencia Que Se Originen Entorno Al Habeas Corpus, Se Deben Resolver Por La Via Ordinaria, Teniendo En Cuenta El Superior Funcional De Las Entidades Judiciales Que Entraron En Colision. En Caso De No Contarse Con Superior Comun La Competencia Para Dirimir La Misma Se Encuentra En Cabeza De La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura. Remítase El Expediente A La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.